Aspectos críticos de la autonomía del Coordinador Eléctrico Nacional: Reglamento, normas técnicas y supervigilancia

Contenido principal del artículo

Alejandro Vergara Blanco
Gerardo Sanz de Undurraga

Resumen

Contiene este trabajo un análisis sucinto sobre la calidad jurídica del Coordinador Independiente del Sistema Eléctrico Nacional (en adelante indistintamente “Coordinador” o “CEN”): y, en específico, sobre su independencia o autonomía, tanto orgánica como funcional. Para ello analizamos, primero, el origen y régimen jurídico de este órgano contenido principalmente en la Ley General de Servicios Eléctricos (en adelante “LGSE”); luego, su naturaleza jurídica, en tanto ente autónomo que no forma parte de la Administración del Estado; y, finalmente, ciertas limitaciones que se observan de esta autonomía, las que dicen relación, principalmente, con las normas de carácter reglamentario, la normativa técnica dictada por la Comisión Nacional de Energía (en adelante “CNE”) que le son aplicables, así como la supervigilancia a que se puede ver sometido por parte de la Superintendencia de Electricidad (en adelante “SEC”).

Detalles del artículo

Sección
Tema especial