Recepción histórica del modelo clásico de expropiación en el sistema chileno y su vigencia bajo la Constitución de 1980. Tensiones frente a su pretendida ampliación conceptual
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Resumen
El presente trabajo plantea que el reconocimiento del instituto de la expropiación en los primeros textos constitucionales chilenos responde a su concepción clásica, bajo la fórmula de enajenación forzada de bienes, vigente en el sistema español de fines del siglo XVIII y comienzos de siglo XIX, cuyo origen se remonta al ius commune bajomedieval, y que la misma noción persiste bajo la Constitución de 1980, así como en las disposiciones del Decreto Ley N° 2186 de 1978.
Lo anterior lleva a sostener que, a lo largo de su evolución constitucional, la noción de expropiación no ha experimentado en Chile una ampliación de sus límites conceptuales, como ha ocurrido en otros sistemas jurídicos e instrumentos internacionales, cuestión que provoca tensiones y problemas al intentar aplicar en el plano local construcciones dogmáticas foráneas o previstas en instrumentos internacionales, especialmente en el ámbito de protección de inversiones.
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